
El brillo de la corona no alcanza para ocultar las irregularidades. Este texto cuestiona por qué México prefiere aplaudir a su Miss Universo antes que exigir transparencia en un caso que podría implicar responsabilidad legal internacional.
El brillo de la corona no alcanza para ocultar las irregularidades. Este texto cuestiona por qué México prefiere aplaudir a su Miss Universo antes que exigir transparencia en un caso que podría implicar responsabilidad legal internacional.
Texto de Itzel Jiménez Ríos 11/12/25

El brillo de la corona no alcanza para ocultar las irregularidades. Este texto cuestiona por qué México prefiere aplaudir a su Miss Universo antes que exigir transparencia en un caso que podría implicar responsabilidad legal internacional.
El domingo 8 de diciembre, Fátima Bosch, la actual Miss Universo, acudió a una entrevista con la cadena televisiva Telemundo. Lo que inició como una conversación de rutina terminó convirtiéndose en un escándalo tras el abandono de la reina de belleza del programa.
Durante la entrevista, Fátima fue cuestionada sobre los escándalos de corrupción en los que se ha visto involucrada su corona. Ella argumentó que las críticas hacia su coronación tenían un trasfondo de género, que a la sociedad le duele ver a las mujeres ganar y que muchos no creen que pueda hacerlo por sus propios méritos. Durante los primeros 20 días de su “reinado”, Fátima ha insistido en el empoderamiento de las mujeres, en que alcen la voz y no se dejen callar.
Sin embargo, la utilización del argumento de género para evitar críticas fundadas es algo que debe preocuparnos. Contrario a lo que ella sostiene, los señalamientos que enfrenta no son simples ataques misóginos: revisten irregularidades que deben analizarse y que no podemos dejar pasar.
Según lo publicado en diversos medios, Fátima proviene de una dinastía ligada a la Cuarta Transformación. Su padre, Bernardo Bosch, trabajaba en Pemex Exploración y Producción como coordinador, un cargo que ocupa desde 2019. Y fue precisamente una investigación de Latinus la que reveló contratos entre Pemex y la empresa de Raúl Rocha, dueño del certamen en México. No se trata de cualquier contrato: constituye un claro conflicto de interés.
Tras la revelación, Bernardo Bosch aclaró que su puesto no le permitía celebrar contratos. Pero resulta ingenuo suponer que un cargo de ese nivel carece de injerencia política en decisiones que, aunque formalmente recaen en la dirección general, sí están vinculadas con fines y facultades legales que incluyen convenios y contrataciones.
El propio Estatuto Orgánico de Pemex Exploración y Producción lo confirma: esta dirección tiene la facultad de realizar actos, convenios y contratos relacionados con su objeto. Y Bosch trabajaba directamente bajo la dirección general, que explícitamente tiene la función de suscribir y, en su caso, rescindir contratos. Es decir, aunque él no los firmara, sí estaba inmerso en el ecosistema que los hace posibles. Por lo tanto, se encontraba en una posición vulnerable frente a posibles conflictos de interés con quienes contratan con Pemex.
Si observamos los tiempos, el contrato entre Rocha y Pemex se firmó en febrero de 2023 y concluyó en diciembre del mismo año. En apariencia, no existía conflicto cuando Fátima ganó la corona mexicana en septiembre de 2024, fecha en que supo que competiría en el certamen internacional en Tailandia. A simple vista, no habría obligación de declarar el conflicto previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA). Pero ese argumento se derrumba cuando el propio Raúl Rocha admite que Pemex aún le adeuda más de 700 millones de pesos. Si la empresa todavía debía ese monto, la relación contractual seguía vigente, y con ella la obligación de declarar el conflicto de interés.
Bernardo Bosch podría intentar refugiarse en un vacío legal: la LGRA establece mayo como el mes para actualizar la declaración de conflicto de interés. Si el conflicto surgió en septiembre, le tocaría declararlo hasta mayo de 2025. Sin embargo, existe una norma que no le permite escapar: el Código de Ética de los Servidores Públicos, que no establece temporalidad y sí considera falta administrativa la omisión en declarar cualquier conflicto de interés, sin importar la fecha en que surja.
Hasta aquí, la discusión parecería ceñirse al marco mexicano. Pero el caso tiene otra dimensión: la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, por sus siglas en inglés). Esta legislación estadounidense sanciona actos de corrupción vinculados a empresas de Estados Unidos en sus relaciones con actores extranjeros. Y Miss Universo, como organización, está sujeta a esta ley.
El FCPA tiene dos grandes áreas. La primera es la de antisoborno, que prohíbe entregar cualquier cosa de valor a un funcionario extranjero para obtener ventajas indebidas. Aquí entrarían, de ser ciertos, los señalamientos de chantaje o presión mencionados por Harfouch. No están comprobados, pero si lo estuvieran, encajarían perfectamente en esta categoría.
La segunda área es la de contabilidad y controles internos. Esta es la clave del caso Miss Universo. El FCPA obliga a las empresas a mantener controles internos robustos, registros claros, procesos documentados, auditorías, mecanismos de debida diligencia, protocolos para manejar conflictos de interés y evidencia verificable de decisiones sensibles, incluyendo procesos como el manejo de votos, la selección de jueces y la puntuación.
¿Y qué implica esto? Que incluso si no hubo soborno, incluso si no hay prueba de manipulación en el concurso, incluso si no existe corrupción comprobada, el FCPA no evalúa la corrupción en sentido clásico. Lo que sanciona es la carencia de controles, las omisiones deliberadas o negligentes, los procesos opacos, las decisiones discrecionales sin documentación, los conflictos de interés sin gestionar, la ausencia de registros auditables y la falta de reacción ante señales internas de irregularidades, como la renuncia de un juez.
En otras palabras, si Miss Universo no puede documentar cómo eligió finalistas, si no existen protocolos para evitar favoritismos, si no hay cadena de custodia sobre los votos, si los conflictos de interés no se manejaron adecuadamente o si no se realizaron auditorías internas, la organización ya se encuentra en un terreno sancionable bajo la ley estadounidense. No se necesita dinero, soborno o un acto corrupto consumado. Basta con que la empresa no haya prevenido el riesgo. Bajo el FCPA, la ausencia de controles internos ya genera responsabilidad.
En este marco de omisiones evidentes y controles ausentes, permanece una sociedad mexicana ilusionada y deslumbrada por su nueva reina de belleza: una mujer que, sin duda, posee carisma y belleza suficientes para haber conquistado el corazón de muchos, y que además ha logrado instaurar una narrativa de género para defenderse. Esa fascinación ha llevado a muchas personas a protegerla, a ignorar pruebas claras de irregularidades y a aplaudir la gracia de la tabasqueña antes que cuestionar lo que hay detrás.
Pero frente a estos hechos, México no necesita más aplausos. Necesita una crítica social firme, de esa que exige incluso cuando las posibles irregularidades nos benefician; de esa que analiza pese a que el triunfo se desvanezca y la corona se caiga. Porque la reacción de protección casi automática hacia Miss Universo no es una muestra de admiración: es un espejo disfrazado de sororidad y nacionalismo. Refleja la sociedad que somos: una que se burla de la corrupción, que presume participar en un triunfo opaco y que considera aceptables las irregularidades siempre y cuando nos beneficien. EP