Correo de Europa: Interés informativo

El derecho a la información y la libertad de expresión son dos principios fundamentales recogidos en todas las constituciones de los países democráticos. No en vano, son inherentes a la democracia si ésta se entiende como un sistema de opinión pública. Todos los ciudadanos son depositarios de esos derechos. Sin embargo, el que garantiza la […]

Texto de 22/10/17

El derecho a la información y la libertad de expresión son dos principios fundamentales recogidos en todas las constituciones de los países democráticos. No en vano, son inherentes a la democracia si ésta se entiende como un sistema de opinión pública. Todos los ciudadanos son depositarios de esos derechos. Sin embargo, el que garantiza la […]

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Correo de Europa: Interés informativo  

El derecho a la información y la libertad de expresión son dos principios fundamentales recogidos en todas las constituciones de los países democráticos. No en vano, son inherentes a la democracia si ésta se entiende como un sistema de opinión pública. Todos los ciudadanos son depositarios de esos derechos. Sin embargo, el que garantiza la información (dar y recibir información por cualquier medio) plantea un problema operativo: ni todos los individuos tienen un medio de comunicación, ni todos pueden hacer uso de los existentes cuando y como quieran, por razones obvias. Puesto que los medios de comunicación constituyen el canal por excelencia para el ejercicio del derecho a la información, los ciudadanos “delegan” en los periodistas el desempeño de ese derecho. Son, por tanto, los depositarios en usufructo de un derecho que poseemos todos.

Sin embargo, a pesar de la radical trascendencia del derecho a la información —que es de todos pero que sólo ejercen algunos por delegación—, no tenemos ninguna garantía de que quienes lo hacen valer hagan un uso adecuado. La sola sospecha de intervencionismo por parte del Estado, al amparo de la creencia de que la mejor ley de prensa es la que no existe, ha dado al traste con cualquier intento de regulación de la profesión periodística. No hay, por tanto, una ley que determine quién es el periodista, qué formación debe tener, cómo accede a la actividad o qué responsabilidades debe asumir ante una negligencia profesional —que no la comisión de un delito—, como ocurre con los médicos o los abogados, por ejemplo. En caso de que un periodista o un medio de comunicación haga un uso irresponsable del derecho a la información, los ciudadanos no pueden exigir responsabilidades, más allá de dejar de consumir ese medio de comunicación. Pero puesto que no existe un colegio profesional con capacidad para regular la profesión, tampoco existe una comisión ética cuyos dictámenes sean vinculantes. Toca, por tanto, a los ciudadanos realizar las consideraciones éticas sobre el ejercicio del derecho.

Los atentados terroristas perpetrados en Barcelona y Cambrils el pasado 17 de agosto dejan algunas cuestiones sobre las que la ciudadanía debería pensar y dictaminar, al margen de si se podían haber evitado o no, o si se produjo o no una utilización política de las víctimas y de lo ocurrido. A los pocos minutos de producirse el atentado de Barcelona, comenzaron a circular por las redes sociales diversos vídeos grabados por ciudadanos que presenciaron lo acontecido. Algunos medios de comunicación difundieron la misma tarde esos vídeos no profesionales en los que se veía y se distinguía con absoluta claridad a las víctimas (heridas y mortales), sin tener en cuenta su intimidad y la de sus familias ni tampoco (por la premura) el hecho de que algunas imágenes pudieran contener información de extrema sensibilidad para la policía y que pudiera entorpecer la detención de los terroristas o poner en riesgo la investigación. Al día siguiente, un periódico nacional publicaba una foto a toda página con las mismas características. Y tres después, un digital publicaba un primer plano de la cara ensangrentada y deformada del último terrorista abatido.

Todos decidieron hacerlo por “interés informativo”. ¿Aporta algo, desde un punto de vista informativo, reconocer a las personas muertas o a quienes están implorando ayuda? ¿Aporta algo, desde un punto de vista profesional, ver el rostro desfigurado de un terrorista muerto? ¿Es posible contar y mostrar las consecuencias de un atentado haciendo esa necesidad compatible con el respeto a quienes sufren o han fallecido y a sus familias que, por cierto, también tienen los terroristas? ¿Pierde algo de interés informativo —por poco que sea— enseñar lo ocurrido con planos generales, con caras pixeladas? ¿Es necesario mostrar hasta el más mínimo detalle para tomar conciencia del alcance de un suceso, si es eso lo que se pretende?

Quienes sostienen que esos medios actuaron éticamente comparan lo acaecido con la imagen que cientos de medios publicaron en septiembre del 2015 del cadáver del niño kurdo Aylan Kurdi. Alegan que aquella fotografía sirvió para sensibilizar sobre la crisis humanitaria de los refugiados. Para que una analogía sea procedente, deben darse dos circunstancias: que en lo comparado sean más las semejanzas que las diferencias y que aquéllas lo sean en lo fundamental. La Unión Europea jamás había tenido que actuar ante una crisis de esas características; lleva sufriendo atentados del isis desde hace más de diez años. Los europeos no conocimos, quizá, el alcance de lo ocurrido hasta ver a aquel niño; llevamos más de diez años enterrando víctimas del terrorismo islamista. ¿Son comparables? EstePaís

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