Línea de bienestar: Salarios mínimos como factor de pobreza

Durante décadas, el salario mínimo ha servido como unidad de medida para el pago de multas, derechos y créditos del Infonavit, el financiamiento de partidos y cualquier otra cantidad de precios que nada tienen que ver con el pago mínimo por trabajar. El 19 de noviembre pasado, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la […]

Texto de 22/01/16

Durante décadas, el salario mínimo ha servido como unidad de medida para el pago de multas, derechos y créditos del Infonavit, el financiamiento de partidos y cualquier otra cantidad de precios que nada tienen que ver con el pago mínimo por trabajar. El 19 de noviembre pasado, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la […]

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Durante décadas, el salario mínimo ha servido como unidad de medida para el pago de multas, derechos y créditos del Infonavit, el financiamiento de partidos y cualquier otra cantidad de precios que nada tienen que ver con el pago mínimo por trabajar.

El 19 de noviembre pasado, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la reforma constitucional que libera al salario mínimo de ser “unidad de medida”. Durante diciembre, los congresos locales habrían culminado la aprobación de esta reforma para darle plena vigencia. Sea cual sea la decisión que haya adoptado a fines de año la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), es indispensable recuperar el valor del salario mínimo.

Con base en la evidencia de los datos y la experiencia internacional reciente, debe quedar claro que el primer parámetro a considerar para fijar el salario mínimo es la “línea de pobreza” que fija el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) según datos del costo de la canasta básica (alimentaria y no alimentaria) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Dicho parámetro —la línea que define la pobreza— se ubicaba en casi 87 pesos por día en octubre de 2015. Ese es el umbral inferior a superar con el salario mínimo para 2016 como un primer paso para la recuperación de su valor.

Un contexto inédito

Con o sin intención, el salario mínimo se convirtió en unidad de medida, y sus ajustes se usaron como referencia para las negociaciones contractuales. Ambas prácticas pervirtieron su naturaleza y propiciaron su depreciación. Entre 1978 y 1994 el salario mínimo perdió casi tres cuartas partes de su valor.

Esa situación ha cambiado con la reforma legal que “desindexa” el salario mínimo, lo “libera” de ser unidad de medida y elimina el potencial efecto inflacionario de su ajuste. Puede recuperar su valor y regresar a su definición legal y original: fijar el límite inferior al pago por el trabajo.

Había 262 reglamentos federales vinculados al salario mínimo. En 118 de ellos se usaba como referencia para efectos legales como sanciones, multas de tránsito o límites de pagos. También es utilizado como referencia a nivel estatal en alrededor de 40% de las legislaciones.

Con esa coartada, durante décadas la Conasami, un órgano del Gobierno que supuestamente cuenta con una alta participación de la sociedad (empresarios y sindicatos), ha violado el mandato de la Constitución para garantizar un salario mínimo que por lo menos alcance para la adquisición de satisfactores elementales.

Con la justificación —válida— de no generar un efecto inflacionario general, desde 1994 la Conasami ha ajustado el salario mínimo con un dato único: el Índice Nacional de Precios al Consumidor, es decir, la inflación general. Con la aprobación de la reforma constitucional que establece la “unidad de medida y actualización” y libera cualquier mención del salario mínimo en leyes y reglamentos, la Conasami queda obligada a tomar una definición seria y basada en datos.

Se abre entonces un nuevo contexto. Se elimina la justificación que alineó los ajustes al salario mínimo con la inflación.

El efecto de la indexación

Desde 1992, el salario mínimo no cubre el costo de la canasta básica fijada en su momento por el INEGI y hoy en día por el Coneval. Esto representa una violación a lo que establece el Artículo 123 Constitucional, que dice: “Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos”.

Esto ha llevado a que, a pesar de ser una de las 15 economías más grandes del mundo, México tenga hoy el segundo salario mínimo más bajo de América Latina, solo por arriba del de Haití. El salario mínimo mexicano está por debajo del de economías muy pequeñas, como Nicaragua y Honduras,1 y equivale únicamente a la tercera parte del de Brasil.2 Y por supuesto, si nos comparamos con otras economías del mundo, el resultado es aún peor; el salario mínimo en México es el más bajo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En 2015, el salario mínimo a nivel nacional fue de 71 pesos. Eso representa un valor en términos reales de solo el 27% del salario mínimo de 1977.3 Es tan precario que se encuentra por debajo del valor de la “canasta” de bienes que definen la pobreza. Para atender el mandato de la Constitución, el mínimo debe cubrir por lo menos lo “mínimo” para vivir. El salario mínimo actual se encuentra casi 16 pesos por debajo del costo de la canasta básica fijada por el Coneval.

¿Quién gana el salario mínimo en México?

De acuerdo con datos de mediados de 2015, siete millones de trabajadores tienen ingresos de hasta un salario mínimo. Este subconjunto de la fuerza laboral ocupada representa el 13.9% del total nacional, y engloba a trabajadores del mercado formal y del informal, así como a los subordinados y remunerados, empleadores y trabajadores por cuenta propia.

La fuerza laboral subordinada o asalariada representa 44.2% del total de la población que gana hasta un salario mínimo (ver la Gráfica 1). Dentro de esta población, 24% realiza una jornada laboral completa de 40 horas o más por semana, es decir, cerca de 753 mil personas.

En términos relativos, las políticas sobre salario mínimo afectan más a la fuerza laboral femenina que a la masculina. La propensión a percibir menos de un salario mínimo entre la población ocupada es 80% mayor para las mujeres, a pesar de que en términos absolutos ellas representan la mitad de los trabajadores del país con un sueldo inferior a un salario mínimo.4

La población con ingresos de hasta un salario mínimo enfrenta niveles muy altos de vulnerabilidad; 96% carece de cobertura de seguridad social.5 Se trata primordialmente de trabajadores en el pequeño comercio o que trabajan por cuenta propia. Cerca de la mitad labora por su cuenta, 35% lo hace en unidades económicas de hasta cinco personas y solo el 12% restante en unidades de mayor tamaño.

Dados sus niveles de escolaridad tan bajos, las posibilidades de movilidad laboral de estos trabajadores son prácticamente nulas: 9.2% no tiene escolaridad, 39.7% solo concluyó la primaria, 29.3% terminó la secundaria y 21.8% tiene preparatoria o más. Además, en el 27.1% de los casos, son los únicos perceptores de ingresos en sus hogares, por lo que son la única vía de supervivencia para sus familias. En 12% de los casos, comparten la proveeduría económica con otro integrante del núcleo familiar que también gana el salario mínimo. De esta forma, hay 5.9 millones de hogares en el país donde los ingresos de al menos un trabajador son de un salario mínimo o incluso inferior, lo que compromete el bienestar de todos los integrantes de la familia.

La mayoría de los trabajadores del sexo masculino con percepciones de hasta un salario mínimo está concentrada en el sector de la agricultura y ganadería (47.2%), seguido del comercio al por menor (12%). Las mujeres trabajadoras con estos niveles de ingreso están sobre todo en el comercio al por menor (34.7%) y servicios (excepto hospedaje y manejo de desechos) (26.5%).

Las entidades federativas que cuentan con más trabajadores con percepciones de hasta un salario mínimo son el Estado de México, Chiapas, Veracruz, Puebla, Distrito Federal y Oaxaca.6 Estas entidades concentran a la mitad (48.6%) de los trabajadores del país cuyos ingresos están por debajo de un salario mínimo.

¿Quién fija el salario mínimo?

La autoridad responsable de fijar el salario mínimo en México es la Conasami, un organismo público descentralizado, sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y establecido por la Ley Federal del Trabajo. Por su composición, se trata de una institución sui géneris. En el consejo responsable de fijar los salarios mínimos generales y profesionales confluyen un representante del Gobierno federal nombrado por el presidente de la República y representantes del Gobierno y de la sociedad civil a través de la participación de 11 organizaciones empresariales y 11 sindicales.7 Estos representantes, cuyos nombres no aparecen de manera clara y directa en el portal de la Conasami, son electos mediante “convenciones” nacionales en las que participan sindicatos y empresarios.

Es momento de que la Conasami rinda cuentas. La obligación que le impone el artículo 562 de la Ley Federal del Trabajo de elaborar un informe para que el Consejo de Representantes pueda fijar los salarios mínimos con base en “los estudios necesarios y apropiados” no debe ser una compilación inconexa de datos plasmados en más de 2 mil 500 páginas, carente de una metodología y de una conclusión que recomiende con precisión y fundamento en qué monto debe fijarse el salario mínimo.8 Es necesario contar con una metodología y criterios técnicos. La coartada de usar únicamente el dato de inflación ha sido ya eliminada por la reciente reforma constitucional.

Para avanzar en un proceso que garantice la recuperación gradual y efectiva del salario mínimo debe darse paso a un esquema de total transparencia. La definición que se utilice ha de cumplir con un conjunto de premisas básicas, como fuentes de datos oficiales e independientes; metodologías técnicamente rigurosas, imparciales y sujetas al escrutinio público, y el aval técnico de la academia y la sociedad civil. Los representantes de la sociedad (empresarios y sindicales) están también obligados a rendir cuentas de su función decisiva, por ser mayoría evidente en ese órgano.

Una propuesta: el salario mínimo debe cubrir lo mínimo para vivir

La propuesta de Acción Ciudadana Frente a la Pobreza junto con otras organizaciones, como el Instituto de Estudios para la Transición Democrática y Sociedad en Movimiento, es que el salario mínimo sea superior a la línea de pobreza, es decir, de 87 pesos al día, que es el costo de la canasta básica, alimentaria y no alimentaria para una persona en zonas urbanas, de acuerdo con el Coneval.

Existen múltiples consideraciones para determinar en forma objetiva y sustentada el salario mínimo. Además de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 123 constitucional, mejorar el salario mínimo tendría varios efectos potenciales positivos:

1. Incrementar el ingreso de la población más pobre;

2. Incrementar la formalidad en el empleo;

3. Generar una redistribución del ingreso en la economía, y

4. Mejorar la eficiencia y la productividad en el sector empresarial.

El salario tiene implicaciones en la capacidad de las personas para adquirir bienes y servicios. Su baja en términos reales impacta directamente en el mercado interno, pues la población no tiene recursos para comprar lo que se produce y, por otra parte, no encuentra mercados para los bienes y servicios que requiere vender.

La experiencia internacional de incremento a los mínimos es positiva. En Brasil, el aumento de la productividad social, acompañado de un incremento salarial real, dio lugar a un mercado interno más fuerte.9

El Banco Mundial señala que el ingreso laboral es el principal motor en la reducción de la pobreza. En América Latina casi el 70% de esta reducción entre 2003 y 2012 se atribuye directamente a la mejora en los ingresos laborales. Así pues, México está obligado a actuar ya.10

El incremento del salario mínimo no va a resolver la pobreza o a mejorar sustantivamente la formalización del empleo de manera automática; es solo un paso

El salario mínimo es un instrumento de política económica que puede funcionar como mecanismo para la redistribución del ingreso y para garantizar que todos los trabajadores y sus familias puedan tener una vida digna.11 Si no se toman medidas urgentes, se afecta a quienes menos ganan, se desincentiva el trabajo productivo y se sigue perpetuando la pobreza.

De acuerdo con una investigación reciente, aumentar el salario mínimo en un 51% tiene un efecto en la mejora de los ingresos salariales reales de 8% para los trabajadores de bajos ingresos, y permite una disminución de la pobreza laboral de 4%, aunque también se documenta un impacto potencial en los precios de alrededor del 3%.12 Este monto puede alcanzarse gradualmente en varios años.

¿Puede tener efectos negativos el aumento al mínimo?

Ninguna medida de política económica está exenta de riesgos. Lo importante en este caso es que el riesgo y los efectos negativos de mantener la política de contención del salario mínimo están bien medidos y son desastrosos. Además, contradicen abiertamente la definición oficial de pobreza adoptada por el Estado mexicano.

La mayoría de los estudios coinciden en que el potencial efecto negativo de un ajuste razonable al salario mínimo puede ser igualmente mínimo. Sobre todo si se establece un proceso gradual y responsable de recuperación del valor, centrado únicamente en el significado original y legal del salario mínimo: el límite inferior o “piso” de pago por el trabajo.

También se debe desechar la noción del aumento al salario mínimo como referencia para el ajuste del resto de los salarios. Las negociaciones contractuales y los ajustes al resto de los sueldos deben estar guiados por la inflación y, sobre todo, por la condición de cada rama económica y de cada empresa. Así como el salario mínimo ha dejado de ser referencia para multas, también lo debe ser su ajuste para el resto de los salarios. Incluso en el lenguaje hay que superar la noción de pensar en términos de un número “x” de salarios mínimos.

También será preciso hacer mediciones en relación con la inflación. Estudios recientes sobre el caso de México documentan que un incremento en los salarios no necesariamente traería consigo un proceso inflacionario derivado de cambios en los precios.13 La evidencia reafirma hallazgos hechos en otros países, como Estados Unidos, donde un incremento del 10% en el salario mínimo ocasionó apenas un aumento de entre 0.4 y 0.9% de los precios de los productos. Otro ejemplo es Brasil, donde tampoco se observaron efectos negativos.14

Tampoco se esperarían efectos adversos en el empleo si el incremento propuesto es prudente y el punto de partida es un salario mínimo bajo. Ambas condiciones se cumplen actualmente en México. La unificación en 2012 de las zonas de salario mínimo denominadas A y B se reflejó en un incremento real de 3.1% para la zona B. No se registraron impactos negativos en los precios, ni hubo un efecto perjudicial en términos laborales. Por el contrario, se tuvieron algunos efectos positivos, como la disminución del desempleo y el fomento del empleo formal.15

Un incremento del salario mínimo tendría un impacto directo entre los trabajadores subordinados o asalariados que trabajan tiempo completo en el sector formal de la economía. Pero las implicaciones pueden alcanzar a un segmento aún más amplio de la población ocupada. Por ello es fundamental el diagnóstico.

El que la línea de pobreza sea una medida suficiente o no para determinar el salario mínimo requiere de una discusión más profunda que habrá de desarrollarse en los próximos meses. De hecho, pasar a un salario mínimo de 87 pesos al día es tener un ingreso que alcanza únicamente para una persona, y no para una familia. Por eso es un primer paso. Se requiere empezar por que los trabajadores puedan al menos contar con los recursos para adquirir los bienes y servicios básicos definidos por la medición oficial.

El costo estimado de cumplir esta medida considerando a los siete millones de trabajadores que ganan hasta un salario mínimo equivale a 0.23% del PIB, y se estima en 0.03% si solo se considera a los trabajadores subordinados y remunerados que laboran tiempo completo.

El aumento al salario mínimo es una medida correcta pero insuficiente frente a la pobreza

El incremento del salario mínimo no va a resolver la pobreza o a mejorar sustantivamente la formalización del empleo de manera automática; es solo un paso. La escasísima cobertura de la seguridad social entre la población que percibe hasta un salario mínimo merece que se cuestione y discuta abiertamente lo que México está haciendo para enfrentar las carencias sociales más agudas y de mayor impacto en la movilidad social, la desigualdad y la pobreza. La falta de seguridad social afecta a casi 7 de cada 10 personas, es la carencia de mayor incidencia y aqueja mucho más a los hogares de menor ingreso. Las privaciones observadas y medidas en la metodología oficial multidimensional también condicionan el ejercicio de los derechos sociales más elementales.

Hay propuestas serias para abordar esta discusión. Por ejemplo, el Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY) ha desarrollado un estudio sobre el costo de universalizar la seguridad social y ha propuesto las vías para su financiamiento.

Como lo han señalado diversas organizaciones, el incremento real al salario mínimo no debe ser una estrategia aislada. Hay que revisar los programas y las políticas de pobreza usando las evaluaciones, y tomar decisiones considerando los contextos laboral, empresarial y de pobreza.16

Mientras no se implementen medidas adecuadas de política pública para mejorar la capacidad de consumo de las personas, el crecimiento económico y la generación de empleo no llegarán a los niveles que necesitamos. La propuesta debe centrarse en el crecimiento incluyente, en la productividad y en la formalización laboral, desvinculando la seguridad social del empleo formal.17 

1 Esto de acuerdo con la información del reporte Doing Bussiness 2016 del Banco Mundial.

2 Gobierno del Distrito Federal, Política de recuperación del salario mínimo en México y en el Distrito Federal: Propuesta para un acuerdo, Archivo Carlos Ramírez / Indicador Político.

3 Acción Ciudadana Frente a la Pobreza, con información del Banco de México, 2014.

4 Cálculos de Acción Ciudadana Frente a la Pobreza con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) 2015-II, del INEGI.

5 De acuerdo con la información disponible en la ENOE 2015-II.

6 Datos obtenidos por Acción Ciudadana Frente a la Pobreza con base en la ENOE 2015-I.

7 Previsto en el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo, cuyas funciones se establecen en el artículo 557 de la misma ley.

8 http://www.conasami.gob.mx/pdf/informe%20economico%20anual%20de%20dt/informe_anual_2014.pdf.

9 Miguel Santiago Reyes H., “Los salarios en México”, en Análisis Político, Friedrich Ebert Stiftung, México, noviembre de 2011.

10 Banco Mundial, Ganancias sociales en la balanza: Un desafío de la política fiscal para América Latina y el Caribe, febrero de 2014.

11 Informe 2014 del Observatorio de Salarios de la Universidad Iberoamericana Puebla.

12 Raymundo M. Campos, El salario mínimo y el empleo: Evidencia internacional y posibles impactos para el caso mexicano, 2014 http://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S1665952X15000250.

13 Raymundo M. Campos, et ál., “El impacto del salario mínimo en los ingresos y el empleo en México”, en Estudios y perspectivas, serie 162, Naciones Unidas CEPAL, México, 2015.

14 Lemos 2009.

15 Raymundo M. Campos, et ál., “El impacto del salario mínimo en los ingresos y el empleo en México”.

16 Liliana Ruiz, ¿Beneficiará realmente a los mexicanos el aumento al salario mínimo? Consultar en http://fundar.org.mx/beneficiara-realmente-los-mexicanos-el-aumento-al-salario-minimo/?ID=13#.Vc4CQWyI7OY.

17 “Mexicanos sobreviven, pero no por su ingreso: México ¿cómo vamos?”, en Animal Político. Consultar en http://www.animalpolitico.com/2015/03/mexicanos-sobreviven-pero-por-su-ingreso-mexico-como-vamos/.

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