Mujeres y democracia en 2023: retos y soluciones

Carla Astrid Humphrey Jordan, Consejera Electoral del Instituto Nacional Electoral, muestra el panorama actual de los retos y soluciones relacionados con la democracia y las mujeres.

Texto de 02/03/23

Carla Astrid Humphrey Jordan, Consejera Electoral del Instituto Nacional Electoral, muestra el panorama actual de los retos y soluciones relacionados con la democracia y las mujeres.

Tiempo de lectura: 8 minutos

Todas y todos reconocemos el sistema democrático como el mejor y más eficiente para la defensa, promoción y garantía de los derechos fundamentales.1 Una primera explicación es que se sostiene y nutre en la participación ciudadana, por lo que el poder no se centraliza en un solo grupo, lo que suscita apertura para comprender y atender la multiplicidad de necesidades y demandas que se generan por los diferentes contextos, instituciones, coyunturas, grupos y comunidades que conforman los Estados modernos. 

Muy recientemente se ha señalado que este régimen político es un estanque donde desembocan todos los ideales políticos de la modernidad; en el que se vierten las aspiraciones de libertad, igualdad, soberanía, tolerancia, prudencia y, sobre todo, participación. Es, efectivamente, un régimen que se oxigena en su crítica. En ejercicio de esa prerrogativa, quizá podríamos dolernos, junto al autor de La Casa de la Contradicción, que la democracia no es un paraíso, pero sí algo mucho más interesante: se trata del único inconveniente político compatible con la dignidad humana.2

Desde ese punto de vista, nuestros modelos republicanos en sus vertientes representativa y constitucional han discurrido por una larga trayectoria que ha ido asegurando poco a poco y mejor que nunca la participación de todos los grupos que constituyen una nación. Esta vocación de inclusión se ha expresado creando normas jurídicas, prácticas políticas, compromisos sociales e instituciones públicas para acotar y orientar la acción estatal y del conjunto social con una misión central: que el inconveniente no lo sea tanto y nos permita arribar a una democracia participativa, equitativa y justa.

En este tránsito, como lo expresa Prado Jiménez, los derechos políticos y electorales han sido la columna vertebral y meta de la democracia, pues han definido los mecanismos y alcances de la participación ciudadana y han determinado quién y de qué manera puede ser parte de la ciudadanía. En consecuencia, al revisar cómo se ha desarrollado el proceso de construcción de estos derechos a lo largo de la historia, también nos permite observar la relación entre la democracia, el estado y determinado grupo, como es el caso de las mujeres mexicanas, quienes lograron el derecho al voto hasta 1953. 

Sin embargo, se ha avanzado no solo en el reconocimiento de la ciudadanía de las mujeres, sino en aspectos relevantes que pueden fomentar o en su defecto dificultar la participación activa de las mujeres.1

Según documentos oficiales recientes del Fondo de las Naciones Unidas para la Democracia, las mujeres hemos tenido siempre un fuerte interés en la democracia, desde las épicas luchas por obtener el voto hasta los actuales esfuerzos concertados en todo el mundo para establecer acciones afirmativas y reservas con el fin de aumentar el número de mujeres elegidas como representantes.

En esos estudios y documentos, se ha reconocido ampliamente que la participación democrática es el medio fundamental para que los intereses y derechos de las mujeres estén representados y reciban una respuesta normativa socialmente legítima y sostenible. En otras palabras: si las mujeres necesitan de la democracia, la democracia también necesita de las mujeres. 

“…si las mujeres necesitan de la democracia, la democracia también necesita de las mujeres”. 

Naturalmente, el aumento de la participación de las mujeres ocurre en todos los niveles de gobernanza democráticos, desde los niveles locales hasta los niveles nacionales; diversifica el carácter de las asambleas democráticas y permite que la adopción de decisiones públicas responda a necesidades de las y los ciudadanos que pueden haber sido dejadas de lado en el pasado.

El Índice Global de Brecha de Género 2022 del Foro Económico Mundial refiere que se necesitarán 132 años para alcanzar la paridad total. Esto representa una ligera mejora de 4 años en comparación con la estimación de 2021, que fue de 136 años. Sin embargo, no compensa la pérdida generacional que se produjo entre 2020 y 2021: según las tendencias hasta 2020, la brecha de género se cerraría en 100 años. En otras palabras, la pandemia y sus secuelas nos hicieron perder 32 años.

En los 146 países cubiertos por el Índice de 2022, la brecha de género en salud y supervivencia se ha cerrado en un 95.8 %, el logro educativo en un 94.4 %, la participación económica y las oportunidades en un 60.3 %, pero el empoderamiento político solamente en un 22 %.

Aunque ningún país ha logrado aún la paridad de género total, las 10 principales economías han cerrado al menos el 80 % de sus brechas de género, con Islandia a la cabeza del ranking mundial y única economía que ha acortado más del 90 % de su brecha de género. Otros países escandinavos como Finlandia (86 %, 2°), Noruega (84.5 %, 3°) y Suecia (82.2 %, 5°) figuran entre los 5 primeros, con países europeos adicionales como Irlanda (80,4 %) y Alemania (80,1 %) en las posiciones 9 y 10, respectivamente.3  

Ahora bien, el aumento de la participación de las mujeres en la vida pública y en escenarios de liderazgo político ha traído, infortunadamente, un aumento en la violencia política en razón de género (VPMRG) que padecen; producto de la remoción de los obstáculos estructurales que impiden el pleno ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres, impuestos por una sociedad patriarcal que se resiste a otorgar los espacios correspondientes.

La violencia contra las mujeres tiene su origen en las relaciones de desigualdad de poder, resultante de las estructuras culturales e históricas del patriarcado; es vital reconocerla y erradicarla ya que es una de las expresiones más extremas de violación a los derechos humanos de las mujeres. Esta violencia no distingue etnia, clase, religión o edad, y se manifiesta en varias acciones como humillaciones, persecución, prohibiciones, aislamiento, control o cualquier otra acción que impida el goce de sus derechos y libertades.

En nuestro país, la respuesta fue la reforma para combatir la violencia política, publicada en 2020, con el fin de remover y sancionar las conductas que más afectan a las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales. 

Después de muchas iniciativas y de gestionar este carcinoma mediante meros protocolos, en abril de ese año fue publicada la reforma que atiende por fin este flagelo, mediante la modificación de 6 Leyes Generales y 2 Leyes Federales para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la violencia política en razón de género. 

Esta reforma solo ha sido el comienzo, pues la violencia política que sufren las mujeres no se elimina por decreto. Su implementación y puesta en marcha ha evidenciado otros obstáculos que no se previeron en la reforma.

Adicionalmente, mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de junio de 2021, la Violencia Digital y Mediática se adicionaron a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Finalmente, por reforma publicada en el DOF el 18 de octubre pasado, se incluyó como supuesto de violencia física, la utilización de ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia similar.

Por otro lado, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y su encuesta sobre la dinámica de las relaciones en los hogares (ENDIREH) 2021, se advirtió que en México, 70.1 % de las mujeres de 15 años y más ha experimentado, al menos, una situación de violencia a lo largo de la vida. La violencia psicológica fue la de mayor prevalencia (51.6 %), seguida de la violencia sexual (49.7 %). En el ámbito comunitario es en donde las mujeres viven mayor violencia (45.6 %), seguido de la relación de pareja (39.9 %), como se puede apreciar en la siguiente gráfica.

Estas cifras incluyen la discriminación laboral, entendida como un impedimento para que ocupen o permanezcan en un empleo remunerado; es decir, las mujeres se enfrentan a un techo de cristal, cuyo objetivo es limitar el ejercicio de los derechos de las mujeres en su ascenso profesional. 

En otras palabras, existe un techo invisible en la carrera profesional de las mujeres que les impide avanzar hacia niveles mayores de autoridad y de responsabilidad y, por tanto, resulta un freno en el ascenso de la carrera profesional vinculado con la discriminación estructural de las mujeres, la cual se traduce en diversos tipos de violencia de género.

“…existe un techo invisible en la carrera profesional de las mujeres que les impide avanzar hacia niveles mayores de autoridad y de responsabilidad”.

Estas limitaciones se hacen especialmente evidentes a nivel municipal, sobre todo en las presidencias municipales, pues a nivel nacional solo el 28.9 % de ellas son ocupadas por mujeres. Este porcentaje desciende en el caso de Chiapas, en donde únicamente 13 % de las presidencias son ocupadas por mujeres, lejos aún de cumplir con el principio de paridad establecido en la Constitución. 

Asimismo, el ámbito municipal es en el que se concentra la violencia política contra las mujeres en razón de género. De acuerdo con los datos más recientes del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) del Instituto Nacional Electoral, el 72.44 % de los registros corresponde al ámbito municipal.4 Destaca el caso de un presidente municipal del estado de Veracruz que ha sido sancionado 11 veces.

Estas cifras reflejan la necesidad de establecer medidas, tanto legislativas como administrativas, y así lograr el empoderamiento de las mujeres a nivel municipal. En este sentido, deben establecerse acciones afirmativas para lograr la paridad en las presidencias municipales y que las mujeres ejerzan los puestos para los que fueron electas en contextos libres de violencia.

Una de las muchas áreas en las que las mujeres sufren discriminación, como resultado de la sociedad patriarcal, es en el acceso a asesoría jurídica calificada, elemento fundamental de la tutela judicial efectiva. Pues de nada sirve todo el andamiaje institucional si las mujeres violentadas no pueden acceder a él.

Por esta razón, he impulsado la creación de una defensoría, como las que se han establecido en los institutos electorales locales de Chihuahua y Tabasco, encargada de orientar y dar acompañamiento a las mujeres sobre sus derechos políticos y electorales y representarlas de forma efectiva en las distintas vías a su alcance para su defensa. 

A efecto de garantizar los derechos políticos y electorales de las mujeres en México y brindar la más amplia garantía y protección a los derechos de acceso a la justicia y defensa de las mujeres que ocupan o pretenden ocupar cargos de elección popular y el ejercicio del liderazgo de las mismas, he propuesto la creación de la Defensoría Pública para Mujeres, como Área Técnica del INE encargada de prestar gratuitamente los servicios de defensa jurídica y asesoría legal en materia administrativa electoral y jurisdiccional electoral.

“…existe una necesidad real de generar un acceso auténtico a la jurisdicción del Estado, privilegiando un diálogo abierto, incluyente y plural en favor de las mujeres”.

Esto es así porque es claro que existe una necesidad real de generar un acceso auténtico a la jurisdicción del Estado, privilegiando un diálogo abierto, incluyente y plural en favor de las mujeres contra actos que afecten o pudieran afectar sus derechos políticos y electorales, o sean o pudieran ser víctimas potenciales en materia de violencia política en razón de género.

Se trata de un medio para garantizar el derecho constitucional de acceso a la justicia de manera pronta, completa e imparcial en términos del artículo 17 de la Constitución Federal; apegado a la seguridad, legalidad y gratuidad, así como las obligaciones de carácter internacional que se detallan más adelante.

A manera de cierre, me parece indispensable abordar, de manera breve, algunos impactos relevantes del llamado Plan B (la reforma electoral legal) tanto en paridad como en VPMRG.

En el primer tema, aunque el paquete legislativo plantea escenarios de postulación paritaria, los hace depender del principio de autodeterminación de los partidos políticos, es decir, dejarlos al libre arbitrio de los partidos políticos.

Además, prohíbe expresamente a la autoridad administrativa electoral intervenir mediante la aprobación de acuerdos y lineamientos en el cumplimiento del principio de paridad en la postulación de candidaturas y dirigencias partidistas, así como en la emisión de reglas para su cumplimiento, situación que podría ser regresiva en materia de Derechos Humanos en franca contravención del principio de progresividad dispuesto en nuestra constitución.

Respecto a la VPMRG, la reforma no acogió la posibilidad de cancelar candidaturas por la violencia política contra las mujeres, ante el incumplimiento de la declaración 3 de 3 contra la violencia, a pesar de que esa medida ya ha sido declarada constitucional por la Suprema Corte en diversas Acciones de Inconstitucionalidad, como en los casos recientes de Hidalgo, Nuevo León y Yucatán.

Por tanto, hago un atento llamado para que cada una de nosotras, en nuestros ámbitos de acción, emprendamos acciones encaminadas a evitar retrotracciones en el terreno ganado en materia de paridad de género y de combate, prevención, sanción y reparación de la VPMRG y, por el contrario, lograr condiciones para que todas las mujeres de nuestro país accedan a oportunidades en la toma de decisiones y de poder en todas las esferas de la vida pública y privada; transformando no solo a las instituciones, sino a la vida social para que hombres y mujeres gocen de igualdad. EP


  1. PRADO JIMÉNEZ, Miryam. Las mujeres y la democracia en México. Análisis del avance en materia de derechos político-electorales y participación ciudadana. Movimiento Ciudadano, México, 2021. [] []
  2. SILVA-HÉRZOG MÁRQUEZ, Jesús. La Casa de la Contradicción. Penguin Random House Grupo Editorial, México, 2021. []
  3. Consultable en el sitio del Foro Económico Mundial https://es.weforum.org/reports/global-gender-gap-report-2022/ []
  4. Consultable en la página web del INE en https://www.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionadas/ con corte al 18 de febrero de 2022. []
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