¿Qué es la cultura? ¿Cómo se define y cómo ha cambiado esta definición? ¿Qué factores provocan dichos cambios? Este texto sobre los 40 años de la Mondiacult ofrecen un panorama.
Mondiacult 2022
¿Qué es la cultura? ¿Cómo se define y cómo ha cambiado esta definición? ¿Qué factores provocan dichos cambios? Este texto sobre los 40 años de la Mondiacult ofrecen un panorama.
Texto de Edgardo Bermejo Mora 30/07/21
En 1982, México fue sede de la Conferencia Mundial sobre las Políticas Culturales (Mondiacult), un encuentro convocado por el gobierno mexicano en colaboración con la UNESCO al que asistieron los ministros de Cultura de la mayor parte del planeta. El próximo año se cumplirán cuatro décadas de aquella conferencia y México será anfitrión de la segunda edición de Mondiacult.
La reunión de 1982 concluyó con la suscripción de la Declaración de México sobre las Políticas Culturales (en adelante, “Declaración de México”), un documento innovador y de gran relevancia en la conformación de políticas culturales nacionales e internacionales durante el último tramo del siglo XX y las primeras dos décadas del siglo XXI. Se espera por lo tanto que en Mondiacult 2022 se redefina la manera en que entenderemos la cultura y las políticas culturales en lo que resta del siglo XXI. Tal es la magnitud del compromiso que tiene México en los próximos meses.
El consenso alcanzado en Mondiacult 82 ha sido un referente constante y un antecedente que propició la posterior elaboración y aprobación de los más recientes instrumentos normativos de la UNESCO, particularmente en materia de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial (convención de 2003) y la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales (convención de 2005).
De igual manera, Mondiacult 82 afianzó el consenso internacional sobre otros aspectos de las políticas culturales que se venían discutiendo tras el fin de la Segunda Guerra Mundial y la creación de la UNESCO en noviembre de 1945.
Las nuevas maneras de entender y construir políticas culturales en el marco de los procesos de descolonización y democratización de las sociedades del planeta en la segunda mitad del siglo XX; la crítica a las hegemonías culturales de las grandes potencias históricas; los principios de la cooperación cultural internacional (UNESCO, 1966); la reivindicación de los derechos culturales de todos los pueblos; el vínculo indisoluble entre cultura y desarrollo; la participación de las comunidades artísticas y de la sociedad civil en el diseño de políticas culturales; y el reconocimiento de los derechos de las minorías y los grupos indígenas son todos temas que hoy resultan del mayor consenso internacional y que encuentran en la Declaración de México de 1982 su momento más destacado de ratificación, origen, consolidación y plena legitimación.
Mondiacult 82 logró poner en el mapa y sintetizar las preocupaciones y aspiraciones de las políticas culturales del mundo en el último tramo del siglo XX, y la Declaración de México se convirtió, por lo tanto, en la columna vertebral de las principales reflexiones, tendencias y coordenadas para la construcción de acuerdos multilaterales, consensos internacionales, marcos normativos para la cultura y para el diseño de políticas culturales, tanto a nivel local como internacional, en las siguientes cuatro décadas. Pero es necesario actualizar la discusión.
Mondiacult 82 y la Declaración de México sentaron las bases, principios y fundamentos de los cuales se desprendieron, a lo largo de cuatro décadas, dos Declaraciones Universales, tres Convenciones y tres Recomendaciones, sancionadas todas ellas por la UNESCO con la aprobación de la mayoría de los países.
En la víspera de su cuarenta aniversario, y de cara a la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, resulta fundamental reabrir y centralizar la discusión contemporánea sobre los retos de las políticas culturales para el siglo XXI en un foro de carácter global que registre y ponga atención a los diversos cambios, tanto de paradigmas como de las prácticas económicas, tecnológicas sociales y gubernamentales alrededor de lo cultural, observados en las últimas décadas.
Repensar la Declaración de 1982
La Declaración de México sobre las Políticas Culturales de 1982 comprendió un texto introductorio y 54 artículos divididos en 9 subtemas: identidad cultural; dimensión cultural del desarrollo; cultura y democracia; patrimonio cultural; creación artística e intelectual y educación artística; relaciones entre cultura, educación, ciencia y comunicación; planificación, administración, y financiación de las actividades culturales y cooperación cultural internacional. En este apartado comentaré algunos de los aspectos que demandan su revisión cuatro décadas después.
La introducción
En la introducción se hace un reconocimiento a las “hondas transformaciones” registradas en el mundo, especialmente en el campo de las ciencias y la tecnología y su creciente impacto en las relaciones humanas y las sociedades. Alude también al binomio educación-cultura como aspectos esenciales para el desarrollo, y reconoce que el significado y alcance de la cultura “se ha ampliado considerablemente”.
Ambas referencias tienen plena vigencia con respecto a lo ocurrido en las últimas cuatro décadas, en las que el desarrollo tecnológico ha sido aún más acelerado y exponencial, de la misma manera que el concepto de cultura se ha vuelto más comprensivo e incluyente.
También se hace referencia a “las dificultades económicas de los países, la creciente desigualdad y los conflictos que amenazan la paz y la seguridad”. La actualización de estos temas debería hacer referencia a otros grandes problemas globales del presente, particularmente, el combate a la pobreza, la brecha tecnológica entre las naciones, la consolidación de nuevas hegemonías culturales-digitales, el deterioro del medio ambiente, los retos demográficos, urbanos y sanitarios, la equidad de género, el resurgimiento de los extremismos políticos, y la xenofobia y el racismo frente a los fenómenos migratorios globales. En su conjunto, abarcan los 17 objetivos de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.
Así mismo, se hace referencia a “los objetivos culturales y espirituales de la humanidad”, lo que a la luz del presente resultaría vago e impreciso, tanto en la definición de dichos “objetivos” como en el sentido “espiritual” de lo cultural.
Una aportación muy significativa de la Declaración de 1982, que se menciona desde la introducción y se expone a lo largo del documento, es la definición ampliada del concepto de cultura en un marco antropológico, a la que se le define como “el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o un grupo social. Ella engloba, además de las artes y las letras, los modos de vida, los derechos fundamentales al ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”.
A pesar de ello, la definición misma de cultura se ha enriquecido y complejizado en las últimas cuatro décadas con aportaciones desde las ciencias sociales y biológicas, la filosofía, el derecho y la economía, de manera que la incorporación de este conjunto de saberes a la búsqueda de una definición de consenso para el siglo XXI sería uno de los retos de Mondiacult 2022.
La introducción da pauta a la enumeración de 9 subtemas generales, que abarcan a su vez 52 artículos y que conforman en su conjunto una suerte de deontología de las políticas culturales del siglo XX, tal y como se concibieron por el consenso alcanzado en 1982:
I. Identidad Cultural
Los nueve artículos que comprende esta primera sección representan una de las principales aportaciones de Mondiacult 82. En ellos están enunciados los principios fundamentales que permitieron, 23 años después, la suscripción del Convenio Universal Sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO, 2005). Su vigencia es incuestionable, si bien hay nuevos elementos en el panorama de necesaria discusión y reinterpretación. Por ejemplo, hay un acento marcado de lo que hoy consideramos una aproximación “esencialista” al fenómeno de la identidad cultural, entendida como una “idiosincrasia” de un valor fijo, singular e inmutable.
El artículo 3 puntualiza que los “aportes externos” a una cultura determinada deben ser “compatibles con su idiosincrasia”, pero no ahonda en las características y naturaleza cambiante de la así llamada “idiosincrasia”, ni en qué aspectos puede o no el contacto con lo externo resultar “compatible”.
Frente a la noción singular de la “identidad”, estos últimos 40 años han abonado y fortalecido la noción plural de las “identidades”. Frente al reconocimiento de la “multiculturalidad”, en su sentido plural y diverso, en la actualidad reivindicamos el concepto de la “interculturalidad”, que reconoce la pluralidad, la importancia del diálogo y los procesos de integración derivados de dicha pluralidad. Los estudios culturales contemporáneos reiteran el reconocimiento de las “identidades híbridas”, no idiosincráticas ni esencialistas.
De igual manera, la noción actual de las identidades, que en la Declaración de 82 tiene un marcado acento hacia lo nacional (la identidad referida al Estado-nación) se ha diversificado en favor del reconocimiento de otros tipos de identidades: incluidas la identidad comunitaria, regional, étnica, lingüística y sexual.
La Declaración de México utiliza reiteradamente el concepto de “tradición” (que se repite en cuatro ocasiones en los nueve artículos de esta sección), mientras que en la actualidad la noción de lo cultural le otorga el mismo valor simbólico a la noción de ruptura, esto es, a la negación positiva de la tradición, como parte del mismo fenómeno identitario y cultural.
II. Dimensión cultural del desarrollo
Este apartado es otra aportación notable de la Declaración del 82, al reconocer la aportación de la cultura al desarrollo. Sin embargo, los 7 artículos que lo conforman no abundan más en las características y particularidades del desarrollo, ni subraya el impacto directo que tiene la cultura en la actividad económica de los países.
Al referirse al crecimiento, se menciona que éste “se ha concebido frecuentemente en términos cuantitativos, sin tomar en cuenta su necesaria dimensión cualitativa”. Pero precisamente lo que ha ocurrido, sobre todo a partir de las dos primeras décadas del siglo XXI, es que se han desarrollado herramientas diversas para medir en términos cuantitativos y estadísticos verificables la aportación de la cultural al crecimiento y el desarrollo.
En los últimos años también se han desarrollado herramientas para medir el consumo cultural, la infraestructura cultural y la generación de políticas públicas y mecanismos fiscales de estímulo a la creación y al consumo cultural.
De la misma manera, la gestión cultural contemporánea ha desarrollado instrumentos de medición cualitativa del impacto de la cultural en los procesos de integración social, el combate a la violencia y la construcción de ciudadanía e identidad comunitaria, entre otros.
El artículo 11 de este apartado menciona que el “desarrollo supone la capacidad de cada individuo y de cada pueblo para informarse, aprender y comunicar sus experiencias”, lo que resulta una aproximación limitada al concepto actual de desarrollo sostenible que engloba a los 17 objetivos de la Agenda 2030.
En el artículo 13 se menciona que el objetivo de la cultura “no es la producción, la ganancia o el consumo per se, sino la plena realización individual y colectiva (de los seres humanos), y la preservación de la naturaleza”. Si bien es muy notable esta primera referencia a la cultura y su responsabilidad en la preservación del medio ambiente, hay evidencia en estas últimas cuatro décadas de que los procesos culturales pueden resultar económicamente rentables, generar ganancias y riqueza para las sociedades y los individuos, sin demérito de su condición cultural.
Por otra parte, han surgido en los últimos años nuevos modelos culturales autogestivos y comunitarios que han dado una dimensión diferente al concepto paradigmático del desarrollo: los procesos de microeconomía, de producción local y comunitaria, y de economía circular, por ejemplo, no estaban presentes en la Declaración del 82.
III. Cultura y democracia
Este apartado, conformado por seis artículos, representa un antecedente fundamental del reconocimiento de los derechos culturales como parte indisociable de los derechos humanos, pero no estaba aún planteado en 1982 con esa contundencia y claridad.
El diseño de políticas culturales en diálogo con las comunidades creativas, la integración de la sociedad civil como agente cultural y la participación de la iniciativa privada en estos procesos es, en la actualidad, un imperativo que ya estaba esbozado, pero no plenamente desarrollado, en la Declaración del 82.
El artículo 21 señala que “Una política cultural democrática hará posible el disfrute de la excelencia artística en todas las comunidades y entre toda la población”. Pero la noción de “excelencia artística” resulta vaga, remite a lo cultural como un ámbito limitado a lo “artístico” y deja al margen al conjunto de los procesos y conformaciones culturales, incluidas aquellas que reconocemos como periféricas, contraculturales y marginales.
El principal aspecto a revisar de este apartado de la Declaración del 82 sobre cultura y democracia se presenta en su artículo 22, el cual señala: “A fin de garantizar la participación de todos los individuos en la vida cultural, es preciso eliminar las desigualdades provenientes, entre otros, del origen y la posición social, de la educación, la nacionalidad, la edad, la lengua, el sexo, las convicciones religiosas, la salud o la pertenencia a grupos étnicos, minoritarios o marginales”. En la actualidad reconocemos que el proceso es inverso, es decir, que es la actividad cultural de las sociedades la que contribuye decididamente a la disminución —que no eliminación— de las desigualdades.
IV. Patrimonio Cultural
La principal aportación de este apartado, del cual se derivó la Convención de la UNESCO de 2003 en materia de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, es precisamente el reconocimiento de lo intangible como bien cultural patrimonial, tal y como lo indica el artículo 23 de la Declaración: “las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo: la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte y los archivos y bibliotecas”.
Sin embargo, el reconocimiento de lo que abarca el patrimonio intangible era aún limitado, y años después comprendería otros aspectos como la cultura oral, las artesanías, la gastronomía y las festividades. Pero fue por primera vez planteado en la Declaración del 82 y de ahí su mayor relevancia.
No obstante, el lenguaje y algunos de los conceptos y premisas utilizados para abordar el tema del patrimonio cultural en este apartado demandan su necesaria redefinición a la luz del presente. Así, por ejemplo, la referencia en el mismo artículo 23 al patrimonio cultural definido como “las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular” resulta muy limitado amén de que el vocablo “alma popular” es vago e impreciso.
En el artículo 25 se hace referencia a los “procesos de urbanización, industrialización y penetración tecnológica”, así como a la “imposición de valores exógenos” como amenazas latentes al patrimonio cultural. Pero en la actualidad reconocemos a las culturas urbanas, al vínculo entre las artes y las nuevas tecnologías, y al contacto con las culturas externas, como fenómenos susceptibles de ser incorporados como prácticas patrimoniales tangibles e intangibles de una comunidad, de una ciudad o de un país.
En el artículo 25 de este apartado hay una referencia a lo patrimonial como aquello que vincula “a la memoria de los pueblos con su pasado”, lo que limita el sentido presente, activo y vigente de las prácticas culturales de las sociedades como un valor cultural patrimonial.
V. Creación artística e intelectual y educación artística
El artículo 27 de este apartado, que plantea “la libertad de pensamiento y de expresión” como elemento “indispensable para la actividad creadora del artista y del intelectual”, es plenamente vigente. Al igual que el artículo 28, donde se plantea la necesidad de “establecer las condiciones sociales y culturales que faciliten, estimulen y garanticen la creación artística e intelectual”, en la actualidad debería a su vez mencionar las condiciones económicas necesarias para los procesos creativos.
En la actualidad reconocemos como parte integral de los procesos culturales, además de la “creación artística e intelectual”, al conjunto de procesos que incluye la producción, la distribución, la difusión, el consumo y la apropiación de los bienes culturales. Pero acaso la principal ausencia en este apartado tiene que ver con el tema de la propiedad intelectual, los derechos de autor y los derechos del consumidor como factores fundamentales en el diseño de las políticas culturales, el fomento a la creación artística y su impacto en la economía global de la cultura.
Del mismo modo, no hay en este apartado sobre la creación artística e intelectual ninguna mención a la necesidad de crear políticas culturales inclusivas que protejan los derechos culturales de los grupos vulnerables, las minorías o las personas con discapacidad.
VI. Relaciones entre cultura, educación, ciencia y comunicación
Este apartado, que contiene 11 artículos y es el más extenso de la Declaración del 82, tiene como principal aporte la referencia al tema de las industrias culturales y el papel determinante de los medios de comunicación en los procesos culturales. El artículo 38 menciona: “los avances tecnológicos de los últimos años han dado lugar a la expansión de las industrias culturales. Tales industrias, cualquiera que sea su organización, juegan un papel importante en la difusión de bienes culturales”. En la actualidad reconocemos que las entonces llamadas “industrias culturales” —hoy denominadas como el ecosistema de la economía creativa— no sólo son importantes para “la difusión de los bienes culturales”, sino que son también vehículos de creación de identidades, de profesionalización de las comunidades creativas que contribuyen al desarrollo sostenible y que pueden llegar a tener un alto impacto social.
El artículo 36 aborda un tema que tiene plena vigencia hasta el día de hoy y que resulta de la mayor relevancia en el marco de la revolución digital y los productos y bienes culturales globales que de ella se derivan: “Una circulación libre y una difusión más amplia y mejor equilibrada de la información, de las ideas y de los conocimientos, que constituyen algunos de los principios de un nuevo orden mundial de la información y de la comunicación, suponen el derecho de todas las naciones no sólo a recibir, sino a transmitir contenidos culturales, educativos, científicos y tecnológicos”.
El artículo 33 plantea como “necesario revalorizar las lenguas nacionales como vehículos del saber”. En la actualidad, debería a su vez mencionar a las lenguas indígenas.
El vocabulario de este apartado resulta obsolescente o demasiado vago. Es el caso de la mención en el artículo 30 a la cultura que contribuye a “la elevación intelectual y moral de la humanidad”; o cuando en el artículo 32 menciona a la “producción de los bienes y servicios (culturales) realmente necesarios, que inspire la renovación y estimule la creatividad” sin precisar a qué se refiere por “realmente necesarios”; o bien cuando en el artículo 40 se habla de que los medios de comunicación y la cultura estén “al servicio de un auténtico desarrollo individual y colectivo”, sin explicar a qué se refiere por “auténtico desarrollo”.
VII. Planificación, administración y financiación de las actividades culturales
En los dos artículos que conforman este apartado, en el número 41 se menciona que “la sociedad debe realizar un esfuerzo importante dirigido a planificar, administrar y financiar las actividades culturales”. En la actualidad debería mencionarse que la sociedad y el Estado comparten esta responsabilidad.
En el artículo 42 se hace referencia a la necesidad de incrementar los presupuestos para la cultura y a que debe “intensificarse la formación de personal en las áreas de planificación y administración culturales”. En los últimos años, la creciente profesionalización del sector cultural ha permitido simultáneamente el surgimiento de nuevas herramientas de planificación y gestión cultural, y la profesionalización de la figura del gestor cultural, para lo cual también se han creado espacios de formación académica universitaria y han proliferado los estudios académicos sobre las políticas culturales como un saber especializado, con los que no se contaba en 1982.
VIII. Cooperación cultural internacional
En el artículo 44 de este apartado se menciona que la cooperación cultural internacional no podrá prosperar sin que se garantice la reducción “y la eliminación de los conflictos y tensiones actuales, sin detener la carrera armamentista y lograr el desarme”. Sin embargo, la convicción en la actualidad es que los procesos culturales representan un vehículo para propiciar la paz, la convivencia y para recomponer el tejido social de las sociedades. No es la paz la que conduce a la cultura sino a la inversa.
El artículo 50 señala que el factor educativo y cultural es esencial en los esfuerzos para instaurar “un nuevo orden económico internacional”. Un vocablo que debe actualizarse en función de los nuevos esquemas económicos surgidos de los procesos de globalización.
Nuevos temas hacia una agenda cultural para el siglo XXI
Con base en el anterior análisis del texto final de la Declaración de México de 1982, podemos advertir la necesidad de incorporar algunos temas en la agenda rumbo a la Conferencia Mundial de Políticas Culturales de 2022. Sugiero algunos de los siguientes:
Cultura y medio ambiente; cultura transmedia y nuevas tecnologías; cultura digital y plataformas digitales de la memoria mundial; consumos culturales (fomento, diversificación, protección de grupos vulnerables, fusión consumidor-productor); cultura para la protección de la infancia; cultura y seguridad espacial; cultura y empleo (el reto de la inteligencia artificial); ecosistemas de la economía creativa; cultura y derechos humanos (diversidad y tolerancia); cultura e impacto social (la creación de indicadores cuantitativos y cualitativos); nuevas hegemonías culturales y los desafíos de la diversidad; ciudadanía cultural y derecho culturales; cultura contra el extremismo, la xenofobia y el racismo; circulación global de bienes y servicios culturales-digitales; cultura para la reconstitución del espacio público; diversidad lingüística; los mercados informales de bienes culturales; derechos de autor y propiedad intelectual en la era digital; cultura inclusiva, cultura y discapacidad; cultura comunitaria y autogestiva; profesionalización de la gestión cultural; las universidades, el pensamiento y la cultura; los museos del siglo XXI; cultura y educación, el papel de las escuelas en la formación artística; de la multiculturalidad a la interculturalidad; administración del patrimonio cultural tangible, intangible y digital; cultura y equidad de género; cultura y salud en el mundo de la pandemia; y en suma: transversalidad del papel de la cultura en la consecución de los Objetivos de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.
El reto que ha asumido México es enorme, el tiempo para llegar a la conferencia de 2022 es mucho más corto que el tamaño del compromiso y la complejidad que anuncia la búsqueda de un nuevo consenso global para las políticas culturales de las próximas décadas.EP
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