El capital social de la Ciudad de México: Una propuesta constitucional

Antecedente y objetivo La reforma política de la Ciudad de México del año 2016 tiene contemplada la conformación de un constituyente local y la promulgación, por primera vez, de una constitución para la capital mexicana. Esto representa la oportunidad de introducir mecanismos de gobierno y nuevas políticas públicas que mejoren, en primer lugar, la gobernanza […]

Texto de 17/01/17

Antecedente y objetivo La reforma política de la Ciudad de México del año 2016 tiene contemplada la conformación de un constituyente local y la promulgación, por primera vez, de una constitución para la capital mexicana. Esto representa la oportunidad de introducir mecanismos de gobierno y nuevas políticas públicas que mejoren, en primer lugar, la gobernanza […]

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Antecedente y objetivo

La reforma política de la Ciudad de México del año 2016 tiene contemplada la conformación de un constituyente local y la promulgación, por primera vez, de una constitución para la capital mexicana. Esto representa la oportunidad de introducir mecanismos de gobierno y nuevas políticas públicas que mejoren, en primer lugar, la gobernanza de la ciudad más grande del país y, en segundo, una nueva pauta en la conducción de los asuntos públicos en las demás urbes de la nación.

Actualmente, la reforma política de la Ciudad de México se promueve como un acto con efectos políticos a corto plazo y sin una propuesta de gobierno diferente al que ya se tiene. Para el grueso de la gente, el cambio en el estatus legal de la ciudad no tiene un significado especial y, entre los agentes políticos que la promovieron, no parece existir una agenda pública ni una propuesta política que acompañe o complemente el proceso de cambio. Tal parece que la reforma política de la capital es la culminación de un esfuerzo, pero no el punto inicial de nuevas y mejores cosas para quienes somos propietarios y usuarios de ella.

Por eso, ante el inminente cambio legal y la aparente falta de proyectos e ideas por parte de los gobernantes para impulsar el desarrollo de la Ciudad de México, se abre la oportunidad para que diversos actores de influencia variable —la academia, las organizaciones sociales, e incluso los propios partidos políticos— impulsen nuevos diseños institucionales que queden establecidos en la constitución capitalina y que, a su vez, puedan marcar el inicio de una transformación para el resto de las ciudades, donde reside el 80% de la población.

Escenarios posibles

 Por definición, una ciudad como la de México es un ente complejo. El análisis de los asuntos que le conciernen alcanza un alto grado de dificultad y por lo mismo el desahogo del proceso para redactar la nueva Constitución seguirá cualquiera de tres escenarios posibles, dos de los cuales no serán deseables:

1. Copiar y pegar. El primer escenario, el más plausible, es que, dada la falta de interés público en la reforma y la escasez de ideas y propuestas por parte de los actores políticos, así como por la complejidad técnica que tiene que crear un nuevo proyecto de ciudad, el ejercicio de redacción de la nueva Constitución se base en la premisa de “copiar y pegar” a partir de los ordenamientos legales vigentes, lo que crearía una constitución que esencialmente refrendaría los diseños institucionales ya establecidos. De esta manera, la reforma política de la Ciudad de México no generaría un proceso de cambio y mejora para los residentes de la ciudad.

2. Balcanización. El segundo escenario de mediana posibilidad es que, ante la falta de conceptos integradores, ideas, propuestas e interés público en la reforma, y tomando en cuenta el escenario actual de fragmentación política en la ciudad, el ejercicio de redacción de la nueva Constitución camine por la ruta de la balcanización, esto es, que el proyecto final sea una colección disímbola de ocurrencias que beneficien a corto plazo a los diversos actores políticos en control de la hechura de la misma constitución. Bajo este esquema, el actual marco institucional quedaría aún más debilitado, porque se constataría la tendencia de colocar el rentismo político por encima del bien común.

3. Enriquecimiento del capital social. El tercer escenario posible, quizás el menos probable, pero no por ello menos necesario, sería una constitución sustentada en el enriquecimiento del bien común, que, por razones que se discuten en este escrito, llamaremos el capital social de la ciudad, sobre todo porque tiene la ventaja de poder ser evaluado y medido con más precisión que el juicio genérico del bienestar de la comunidad, ya que refiere realidades prácticas como el ejercicio y destino del presupuesto, o la evaluación de la gestión pública y el desarrollo económico del sector privado, los cuales pueden ser calculados por agencias de supervisión, como la contraloría, estar sujetos a normas de transparencia y, por tanto, generar términos de discusión más accesibles para la sociedad civil.

Estos escenarios posibles, más o menos probables, nos muestran lo indispensable que es llevar a la mesa de discusión propuestas conceptualmente sólidas, que partan de un análisis serio y un entendimiento profundo del funcionamiento complejo de la ciudad, y que, al mismo tiempo, sean suficientemente sintéticas como para poder ser procesadas con éxito por y a través de los actores políticos y de la opinión pública local.

Para superar el obstáculo de la complejidad técnica que anima el escenario de “copiar y pegar” y evitar el riesgo de hacer tantos cambios como para abrir la caja de Pandora del escenario de la balcanización, vamos a exponer algunos conceptos integradores para guiar el proceso de redacción, discusión y aprobación de la nueva Constitución de la Ciudad de México. Es decir, para transitar hacia el futuro de nuestra ciudad por una ruta mejor.

El círculo vicioso del rentismo político

 Es posible decir, en un símil médico, que muchos de los aspectos negativos y problemas del país son síntomas de un padecimiento complejo con un origen común, un síndrome. Ese síndrome al que nos referimos es el rentismo económico y político. Se puede decir a grosso modo que la baja calidad de los servicios públicos, la debilidad del Estado, la corrupción endémica y el pobre desempeño económico, entre muchos otros problemas, están asociados a un modelo de desarrollo económico y político fundado en la obtención de rentas personales, no en la construcción de valor público y privado. Los ejemplos abundan en todas las esferas de la vida pública y privada:

1. En términos de economía formal, muchas de las grandes empresas del país prosperan a partir de arreglos y concesiones públicas que facilitan la extracción de rentas en el mercado local, como ocurre en los sectores de las telecomunicaciones, la construcción y el transporte, y no a través de la innovación y competitividad internacional. Esta situación es favorecida por los apoyos políticos y económicos que los empresarios rentistas aportan a los actores políticos durante los procesos electorales, los cuales a su vez son retribuidos desde el poder público mediante diversos mecanismos de corrupción que garantizan la protección de rentas económicas a gran escala.

2. En términos de gobierno, el acceso al poder público está marcado por favores privados y por la captura de los presupuestos públicos con fines electorales. De modo que el ejercicio de gobierno está definido como la oportunidad para la extracción de rentas de todo tipo por medio de actos de corrupción, que van desde dificultar el acceso de los ciudadanos a los bienes y servicios públicos hasta el cobro de comisiones y cuotas por el uso del presupuesto en obras públicas, el otorgamiento de concesiones y un largo etcétera que sólo está limitado por la inagotable creatividad de los funcionarios corruptos.

3. En términos de economía informal, las altas barreras de acceso a la economía formal para los sectores de menor ingreso en el país alimentan un complejo ciclo de codependencia con el Gobierno, de manera que una parte significativa de la economía informal sólo puede funcionar a través de mecanismos de extracción de renta, como el uso de los espacios públicos para la comercialización ilegal de productos, la captura de programas sociales en pro de grupos con intereses electorales específicos y el uso ilegal y destructivo del patrimonio público, como la explotación ilegal de terrenos públicos y recursos naturales.

Al final del día, los sectores formales e informales de la economía y los actores políticos están unidos gracias a los procesos electorales, los actos corruptos de gobierno y el modo de operación rentista y disfuncional de la economía mexicana, en un síndrome que tiene como común denominador el que un número suficiente de actores, con el poder para marcar el rumbo del país a largo plazo, trabaja en la identificación, captura y extracción de rentas, sin preocuparse de la preservación, construcción y disfrute del valor público y privado. No es sorpresa que, desde la óptica de las mediciones internacionales de valor y los índices de innovación, Estado de derecho, formación de capital humano, crecimiento económico y desigualdad, México se encuentre estancado en una situación que durante décadas los expertos han estimado inferior a su verdadero potencial.

Más aún, en el análisis del marco legal e institucional del país, abundan los ejemplos de mecanismos que facilitan el funcionamiento del modelo rentista. El principal se encuentra en la compleja red de disposiciones fiscales, que en el resultado final del sistema impositivo produce tasas impositivas efectivas nulas o muy bajas para la población con ingreso bajo (50%), tasas impositivas efectivas altas para la población con ingreso medio (49%) y tasas impositivas efectivas bajas para la población con ingresos altos (1%), que garantizan el flujo de recursos públicos medios bajos (aproximadamente 20% del pib) vía el presupuesto público, a las clientelas políticas y a la clase política, sin que impongan cargas onerosas al sector con mayor influencia política y económica, y sin que exista la posibilidad de construir de forma efectiva los bienes públicos que necesita el país. Así se garantiza el funcionamiento circular del modelo económico rentista.

El capital social de una ciudad

De forma abstracta, una ciudad es la aglomeración densa y compacta de capital público, principalmente bienes públicos y comunes, y de capital privado, que es la propiedad individual y colectiva de quienes la habitan y utilizan. A esta suma de capitales se le conoce como el “capital social” de una ciudad, cuyo rendimiento agregado se traduce en satisfactores de bienestar. También, de forma general, el objetivo de quienes habitan una ciudad es preservar, incrementar y disfrutar los rendimientos del capital social de la misma, para lo cual desarrollan una gran diversidad de actividades públicas y privadas. Y, a partir del proceso democrático, los ciudadanos eligen y designan a las autoridades cuyo mandato central debería ser crear y promover las condiciones óptimas para lograr la conservación, aumento y goce de ese capital social.

¿Cómo segmentar y clasificar el capital social?

Además de la división principal del capital social en un componente público y otro privado, existen subcategorías tangibles e intangibles, tanto de capital público como de capital privado. Algunos ejemplos son:

Capital público tangible: Infraestructura urbana: banquetas, calles, sistemas de drenaje, sistemas de agua potable, sistemas de transporte público.

Capital público intangible: Movilidad, seguridad pública, belleza, facilidad para emprender y hacer negocios, Estado de derecho, sustentabilidad.

Capital privado tangible: Casas, terrenos, edificios de oficinas, automóviles.

Capital privado intangible: Cultura de negocios, civismo, participación ciudadana, respeto a la ley, actividades sociales.

¿Por qué incorporar el concepto de capital social?

En nuestra tradición legal, el marco constitucional mexicano se funda tanto en principios legales abstractos como en la definición de obligaciones y derechos, principalmente humanos y a partir de los cuales se define el diseño y el marco de actuación de autoridades y ciudadanos. Por ello, los objetivos constitucionales que perseguimos están codificados en términos de principios generales. Por ejemplo, el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado —Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios—, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior”.

El déficit en este tipo de redacción en infinitivo es que el logro de los objetivos se interpreta en términos del “mejor esfuerzo” y no de metas concretas, lo cual resulta ser el principal refugio de las autoridades incompetentes a la hora de llamarlas a cuenta, porque siempre pueden argumentar que los malos resultados son los derivados de haber hecho su “mejor esfuerzo”. Por eso es interesante pensar que este enfoque legal puede ser complementado o subsanado mediante una nueva generación de propuestas que aclaren el mandato legal con responsabilidades de desempeño más precisas y que impongan restricciones ante el ejercicio rentista de la función pública. Un ejemplo es incorporar en el gran diseño de la nueva Constitución el derecho a la buena administración. Un derecho de nueva generación del que se desprendería la responsabilidad constitucional para preservar ex ante el capital social de la ciudad y no sólo ex post, como ocurre con los mecanismos actuales de rendición de cuentas y combate a la corrupción.

En términos de derecho comparado, el derecho a la buena administración desde hace tiempo tiene un soporte y una justificación formal. No es una idea nueva, sino que forma parte de los derechos de nueva generación que se incorporaron a diferentes constituciones en las últimas décadas como un mecanismo que fortalece y hace más viable la construcción del Estado de derecho. El ejemplo más relevante del uso de este derecho en una constitución está en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.1 Para autores como Jaime Rodríguez-Arana, la buena administración pública es:

Un derecho de los ciudadanos, nada menos que un derecho fundamental, y, también, un principio de actuación administrativa. Los ciudadanos tienen derecho a exigir determinados patrones o estándares en el funcionamiento de la Administración. Y la Administración está obligada, en toda democracia, a distinguirse en su actuación cotidiana por su servicio objetivo al interés general.2

Del mismo modo, Pablo Dermizaky Peredo comenta sobre el buen gobierno:

Sentada la premisa de que Estado de derecho y democracia son inseparables, es indudable, sin embargo, que no toda democracia es un “buen gobierno”. ¿Qué debemos entender por “buen gobierno”? Uno que realice los fines del Estado mediante una democracia como la define el artículo 3 de la Constitución de México. Y así como no toda democracia es un “buen gobierno”, no todo Estado de derecho lo es. Aquí aparece la necesidad de introducir un concepto de administración, de buena administración, de la eficiencia del Estado de derecho de que nos habla Ulrich Karpen.3

Para abundar más sobre el punto, la propuesta de este texto que se desprende del antecedente internacional del derecho a la buena administración se centra en la idea de aprovechar este referente para romper, a nivel de una constitución local, el modelo mental rentista del ejercicio de gobierno en México, el cual ve al poder público como la apropiación personal del espacio que se gobierna y donde los ciudadanos son sólo habitantes, beneficiarios e inquilinos de la administración que los gobierna. El modelo mental que da origen a las ideas del derecho a la buena administración y de capital social de la ciudad es antagónico al modelo rentista. Esto porque parte del principio de que los ciudadanos, por medio del proceso electoral, ponemos al cuidado de cada nueva administración electa el capital social de nuestra ciudad, del cual somos propietarios y que tiene un valor, un volumen y un rendimiento concreto. Todo con el fin de que dicha autoridad electa, junto con la burocracia que la acompaña, actúe de tal forma que durante su periodo de gestión el capital social se preserve, se incremente y sus beneficios sean efectivamente disfrutados por todos quienes conformamos y hacemos a la ciudad.

El capital social en la nueva Constitución

Dado que añadir o modificar el marco legal existente en cada una de sus disposiciones se anticipa inviable para lograr el objetivo de generar metas específicas para cada objetivo constitucional, el planteamiento que se propone es complementar la nueva Constitución de la Ciudad de México con el concepto de capital social a partir de lo siguiente:

Derecho constitucional

Se deberá incorporar en la exposición de motivos de la nueva Constitución de la Ciudad de México una visión de gran alcance con respecto al derecho a la buena administración, el capital social de la ciudad y los derechos y responsabilidades que ciudadanos y autoridades tienen para crearlo, preservarlo e incrementarlo. Al mismo tiempo, en el corpus legal del ordenamiento, se debe incorporar a nivel de derecho fundamental el derecho a la buena administración.

Definición

Al existir un derecho que establezca el fundamento legal para desarrollar el concepto de capital social de la ciudad, será necesario aterrizar este concepto y delinear los componentes del mismo a nivel de las leyes y ordenamientos que emanarán de la nueva Constitución. En una esfera conceptual, la definición de capital social puede ser tan básica como “el valor contable de toda la infraestructura de la ciudad, sumado al valor contable de los inmuebles privados de la ciudad”, o tan compleja como una formulación que incorpore aspectos intangibles (por ejemplo: movilidad, sustentabilidad y belleza de la ciudad). El punto es que una definición de capital social implica llegar a una cantidad concreta cuya evolución sea posible medir a través del tiempo y en respuesta a las acciones de gobierno.

Mandato

La nueva Constitución de la Ciudad de México deberá incorporar el mandato constitucional para que las autoridades trabajen por preservar, incrementar y facilitar el disfrute del capital social de la ciudad y sus rendimientos. Más allá de las idiosincrasias ideológicas de los actores políticos, un consenso respecto del mandato de las autoridades para preservar, incrementar y facilitar el disfrute del capital social de la ciudad marcaría un principio de actuación concreto para formar una agenda de desarrollo a largo plazo.

Medición

La medición del capital social de la ciudad es crucial para conocer la situación de desempeño de las autoridades y así frenar las prácticas que facilitan el rentismo público. Por ejemplo, la infraestructura de la ciudad tiene un valor contable que se mantiene o se reduce en función de la amortización de los activos y de la reinversión que se hace en los mismos (mantenimiento). En el modelo actual, la infraestructura se construye con costos elevados que al final del periodo de su construcción no se valúan en términos reales y estos valores tampoco se modifican en función de la deuda técnica que la mala ejecución de obras y la falta de reinversión generan. Un ejemplo de deuda técnica que reduce el capital social de la ciudad se encuentra en la línea 12 del Metro, donde las deficiencias técnicas en la construcción generaron costos de mantenimiento mayores, costos ocultos y fallas de servicio que afectan negativamente al capital social de la ciudad. Por otro lado, el componente “preservar” del mandato, aunado a un sistema de medición, teóricamente obligaría a la reinversión de una parte importante del presupuesto público en el capital social de la ciudad para compensar la amortización anual de los activos que se desgastan y pagar la deuda técnica que, actualmente, impacta la infraestructura de la ciudad. Esto significaría menor posibilidad de gasto en programas de gasto corriente, orientados al proceso político electoral. De aquí se pueden desprender directivas a nivel de ley para que las prioridades, los presupuestos y los programas de gobierno justifiquen su existencia en términos de demostrar efectos positivos en la preservación, incremento y disfrute del capital social de la ciudad.

Estándares

Las mejores ciudades del mundo, como París, se construyeron y reconstruyeron a partir de procesos organizados de diseño que tienen como base los estándares que guían su desarrollo. La preservación, el incremento y el disfrute del capital social de una ciudad se relacionan íntimamente con los estándares que la definen. Durante décadas, la ciudad ha seguido un proceso de desarrollo improvisado y ecléctico que no se adhiere a estándares urbanos de aplicación permanente y general. Por ejemplo, la avenida Masaryk, en Polanco, tuvo un costoso proceso de remodelación que incluye banquetas amplias, cableado subterráneo y aceras de granito, siguiendo un estándar de construcción que sobresale respecto de lo que existe en el resto de la ciudad, pero dicho esquema de remodelación no resulta viable para ser repetido en otras zonas turísticas o comerciales por falta de vinculación con estándares técnicamente sustentados y socialmente aceptados. Por otro lado, el sistema de transporte Metrobús sigue un plan a baja escala y lento desarrollo que permite la convivencia y permanencia a largo plazo del nuevo sistema con el viejo sistema de microbuses; de igual forma, las líneas de metro se construyen sin que se eliminen las rutas de camiones y el desarrollo de la ciudad sufre el estancamiento que genera el interés de operarios y autoridades por mantener un frágil y peligroso equilibrio que logre parámetros mínimos de operación sin perjudicar los viejos esquemas de extracción de rentas, ni afectar el control político sobre las clientelas electorales. Sin estándares que marquen la vocación de las diferentes zonas de la ciudad, no hay un marco de actuación que permita llamar a cuentas a las autoridades ni enfocar el esfuerzo económico de los actores privados para desarrollar plenamente el capital social de la ciudad.

Mecanismos automáticos de retroalimentación (enfoque ciudadano)

Los pilares del modelo rentista son el control o la captura efectiva de un recurso valioso y la capacidad coercitiva para extraer una renta de ese recurso sin reinversión o rendición de cuentas hasta su agotamiento. Un ejemplo de ello lo encontramos en las reglas para el cálculo del impuesto predial, las cuales clasifican un inmueble primordialmente en función del valor del mismo según sus acabados y equipamiento. Es decir, el valor del impuesto predial, de acuerdo con las reglas vigentes, tiene más que ver con el valor del patrimonio del ciudadano que con los servicios públicos con los que cuenta. Así, en la misma cuadra, dos contribuyentes que gozan de los mismos servicios públicos y con un inmueble del mismo tamaño pagarán impuestos diferentes en función del patrimonio que tienen y de acuerdo con su modo de vida, sin que se tenga en consideración los servicios públicos que efectivamente tienen y gozan. De forma similar, una casa con buenos acabados en una zona clasificada arbitrariamente por la autoridad como de nivel medio puede pagar un impuesto muy elevado a pesar de no contar con agua potable todos los días, tener baches en la calle y soportar a vendedores ambulantes en la esquina. Lo anterior sucede porque no operan en el marco legal de la ciudad consideraciones para indexar ni el desempeño del Gobierno ni el costo de los servicios al cálculo de impuestos como el predial, de modo que no existe penalización alguna a las autoridades electas o a la burocracia por incompetencia o inacción. Para ello, se proponen medidas que, ligadas a la medición del capital social de la ciudad, permitan al ciudadano penalizar de forma automática a la autoridad; por ejemplo, optar por la posibilidad de pagar con una reducción significativa o no pagar los impuestos y servicios en caso de que éstos no cumplan con los estándares para garantizar un servicio de calidad o un entorno limpio y bien regulado, como en aquellas calles y colonias donde el comercio en vía pública se encuentra proscrito y de todas formas ocurre.

Actualmente, el contribuyente se encuentra cautivo y, a pesar de la provisión de malos servicios, la autoridad y la burocracia de la ciudad tienen el doble beneficio de cobrar y utilizar la renta fiscal, al tiempo que amparan el cobro de rentas y se benefician de los votos que la corrupción y las clientelas les otorgan. La nueva Constitución debe ser un parteaguas que, en términos legales, imponga un costo ex ante a la inacción y a la consecución del modelo rentista.

Segmentación entre servicios públicos y programas públicos

Una de las oportunidades más importantes que el cambio en el estatus legal de la ciudad trae consigo es segmentar e independizar administrativa y contablemente a los entes dedicados a la provisión de servicios públicos, como el agua potable y los servicios de drenaje y limpia, de los programas públicos, como los enfocados a la educación y seguridad pública. Esto porque los primeros se relacionan con servicios que, una vez definidos los estándares, no implican una discusión política continua y conllevan un pago por parte del ciudadano en función de sus niveles de consumo. Y los segundos, por su parte, se relacionan con las obligaciones de la autoridad, que se proveen sin costo (bienes públicos) y se mantienen en permanente discusión política. Durante décadas, el alto nivel de centralización en las funciones de la ciudad —primero en la figura de un regente y después con un jefe de Gobierno— permitió que las cadenas de mando, los presupuestos y las responsabilidades se consolidaran en una amalgama amorfa de gobierno, cuyos planes y programas cambian y se modifican en función de las necesidades políticas a corto plazo y, consecuentemente, no cuenta con planes estables a largo plazo.

Un resultado que generaría la medición del capital social y el establecimiento de estándares es la identificación y cuantificación de los déficits de inversión pública y privada en la ciudad. Por ejemplo, hoy en día el suministro de agua en la ciudad es inconstante y la calidad del agua se estima que va de mala a pésima, algo que no se sabe con certeza porque los reportes de calidad permanecen ocultos a la opinión pública bajo reservas de ley. La segmentación y la autonomía de servicios públicos —como el agua potable, el drenaje y el manejo de basura— fuera de la influencia política y de corto plazo de lo que antes fue el Gobierno del Distrito Federal, y bajo el nuevo mandato de preservación, crecimiento y disfrute del capital social de la ciudad, pueden permitir la transformación de este tipo de servicios, al transparentar las necesidades de inversión para cumplir con los estándares que adopte la Ciudad de México, profesionalizar y despolitizar a las entidades que proveen estos servicios y, así, generar nuevas dinámicas que incrementen el capital social de los ciudadanos. No sobra decir que, en el caso del agua potable, el modelo actual no es sustentable ni promotor de un mayor capital social para los ciudadanos. Por un lado, los bajos costos y la incapacidad de la autoridad para cobrar el servicio, así como el desvío del presupuesto a los programas electorales, producen una desinversión crónica en los sistemas de suministro y tratamiento de agua. Por el otro, su permanente falta en zonas como Iztapalapa sostiene y reproduce un modelo tóxico de control de clientelas políticas por medio del suministro de agua en pipas y promueve un modelo de utilización de agua que no es sustentable, porque la dotación limitada que existe se desperdicia en fugas o en proveer a ciudadanos que nunca la pagan. Al final del día, el agua utilizada en la ciudad no se recicla por falta de tratamiento y esto, a su vez, redunda en una larga cadena de pérdidas patrimoniales, ya que un inmueble privado que carece de suministro de agua en cantidad y calidad suficiente no es valioso ni viable a largo plazo, como tampoco lo son los terrenos, fincas y propiedades que colindan con cauces de agua contaminada.

 * El texto se preparó antes de que el jefe de Gobierno de la Ciudad de México enviara el proyecto de constitución que actualmente discute la Asamblea Constituyente. La premisa es que en nuestro país es importante fortalecer y esclarecer, a un nivel práctico, la figura del ciudadano, sus libertades y su bienestar como la razón de ser de las instituciones. El artículo tercero constitucional define a la democracia “no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”. El proyecto de constitución para la Ciudad de México va en un sentido opuesto y por lo mismo puede considerarse regresivo. No menciona la propiedad privada y la protección de la misma, es reiterativo en buscar establecer un régimen de propiedad colectivista tutelado por el Estado. Es omiso en establecer mecanismos claros para construir bienes públicos y débil en mecanismos de vigilancia a las instituciones.

Es decir, al actual Gobierno de la ciudad le parece correcto y vanguardista terminar de convertir a los habitantes de la Ciudad de México en una clientela que le pague renta a la burocracia institucional, aun cuando para ello sea necesario mantener las malas prácticas de gestión, ir en contra del marco constitucional nacional e incluso subordinar los derechos de propiedad privada a los intereses de los administradores de las instituciones públicas. Antes de que se diera a conocer la propuesta el bajo nivel de interés en la discusión era preocupante. Ahora que se conocen los contenidos regresivos de la propuesta que buscan debilitar el capital social de todos los que hacemos a la Ciudad de México, es todavía más importante involucrarnos en el asunto. EstePaís

NOTAS

1 Unión Europea, www.europarl.eu, 2000 (en línea) <http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf>.

2 Jaime Rodríguez-Arana, “La buena administración como principio y como derecho fundamental en Europa”, Misión Jurídica, núm. 6, 2013 <https://goo.gl/B0REWy>.

3 Pablo Dermizaky Peredo, “Estado de derecho y buen gobierno”, Ius et Praxis, vol. 6, núm. 2, 2000 .

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Carlos Viniegra es licenciado en Economía por la UAM y EMBA por el IPADE. Es consultor internacional y autor de artículos y ensayos en la intersección de la tecnología, la innovación gubernamental, la política pública y la ciencia de la complejidad. En el pasado estuvo a cargo de diferentes direcciones generales en la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Energía, Sagarpa y Semarnat <@CarlosViniegra>.

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