La Misión de la OEA en México: legitimidad y advertencias sobre la reforma judicial

Catalina Kühne Peimbert, directora ejecutiva de Impunidad Cero, analiza las principales observaciones del informe preliminar de la Misión de Observación Electoral de la OEA sobre las elecciones judiciales en México y sus implicaciones para la democracia y el Estado de derecho.

Texto de 12/06/25

Catalina Kühne Peimbert, directora ejecutiva de Impunidad Cero, analiza las principales observaciones del informe preliminar de la Misión de Observación Electoral de la OEA sobre las elecciones judiciales en México y sus implicaciones para la democracia y el Estado de derecho.

El reciente Informe Preliminar de la Misión de Observación Electoral de la OEA sobre las elecciones judiciales en México, celebradas el 1 de junio de 2025, plantea importantes cuestionamientos sobre la independencia judicial y el respeto a la división de poderes en el país. El informe, elaborado por una misión de 16 personas de 10 nacionalidades distintas, documenta deficiencias en la organización del proceso, la evaluación de las candidaturas y la idoneidad de los mecanismos de selección, lo cual impacta directamente en la calidad democrática del proceso.

Uno de los aspectos clave que refuerza la legitimidad de la OEA para pronunciarse sobre este proceso electoral es que la Misión de Observación Electoral (MOE/OEA) fue desplegada a invitación expresa del Estado mexicano. Según el propio informe:

“La Misión agradece la apertura y colaboración brindada por las autoridades y funcionarios/as del Instituto Nacional Electoral, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la Fiscalía General de la República, […] y a las distintas instituciones y órganos del Estado mexicano por su apertura y amplias facilidades para llevar a cabo esta Misión” (OEA, 2025, p. 3).

Este dato es relevante para desestimar los argumentos oficiales que alegan que la presencia de la MOE vulnera la soberanía nacional, pues la invitación oficial convierte a la Misión en una instancia legítima de cooperación internacional y fortalecimiento democrático, conforme a la Carta Democrática Interamericana y a los compromisos internacionales suscritos por México.

El informe también subraya que este proceso electoral mexicano es el primero en el mundo que somete a la totalidad de los jueces del país a elección popular, un hecho sin precedentes que despierta fundadas preocupaciones sobre la independencia judicial. En palabras del informe:

“La ciudadanía y las instituciones mexicanas deberán evaluar si el modelo actual de selección de autoridades judiciales a través del voto popular, que no tiene precedentes a nivel mundial, contribuye a fortalecer los principios fundamentales de la administración de justicia; o si, por el contrario, acaba debilitando la transparencia, imparcialidad, eficacia e independencia del Poder Judicial” (OEA, 2025, p. 13).

La Misión advierte, de manera categórica, que no recomienda replicar este modelo en otros países de la región, ya que podría comprometer gravemente la independencia judicial:

“Dicho lo anterior, la Misión no recomienda que este modelo de selección de jueces se replique para otros países de la región” (OEA, 2025, p. 14).

Desde la perspectiva de Impunidad Cero, esta elección judicial constituye un retroceso sustancial en materia de división de poderes y democracia. La reforma judicial de 2024 eliminó concursos de oposición, suprimió al Consejo de la Judicatura Federal y sustituyó el método técnico de selección por un proceso electoral, reduciendo las garantías de independencia del Poder Judicial y sometiendo a jueces y magistrados a la lógica de las mayorías electorales. Este modelo es incompatible con los estándares internacionales de independencia judicial recogidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 8) y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 14), así como con los Principios Básicos de la ONU sobre la Independencia de la Judicatura, que exigen que los jueces sean seleccionados con base en su integridad, idoneidad y formación jurídica, y que se proteja su independencia de presiones políticas y electorales (ONU, 1985).

En conclusión, el informe de la OEA no sólo constituye un ejercicio legítimo de observación electoral, sino también un llamado urgente a reflexionar sobre el debilitamiento del Estado de derecho en México. Desestimar sus advertencias sería ignorar las señales de alarma que, con rigor y legitimidad, nos ofrece la comunidad internacional. EP

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